Conmemoración del 25 de mayo

Desde todas las Supervisiones Técnicas Seccionales de las seis Regiones se envió a "Todas las Escuelas" la transcripción del texto de la Circular Nº 06/08 (16/05/08) emitida por la Subsecretaría de Coordinación Técnica Operativa de Instituciones Educativas y Supervisión del Ministerio de Educación, para su conocimiento y notificación de todo el personal que se desempeña en esa Unidad Educativa:
"... a fin de informar que el Acto Conmemorativo del 25 de mayo, deberá realizarse en todos los establecimientos escolares el mismo 25 de mayo - Forma 1 acorde con lo dispuesto en Calendario Escolar."
La pregunta que aún no tiene respuesta o que tiene respuesta negativa es acerca de si se pagará el día. Ante averiguaciones realizadas desde la Comisión Directiva Provincial, la respuesta fue: "Hasta ahora no hay novedad de que se pague el día."
Coincidimos en que los actos deben realizarse en el día que corresponde. Justo es, también, que se paguen los días extras trabajados, es decir, día trabajado más antigüedad correspondiente.